SEPES compra suelo ¿MÁS LEÑA AL FUEGO?
¿MÁS LEÑA AL FUEGO?
La tan anunciada oferta de compra de suelo por parte del Ministerio de Vivienda ya ha sido convocada mediante anuncio en el BOE del día 28 de octubre y ya se pueden consultar las bases en la página web de Sepes.
La ministra ha declarado “con esta iniciativa se quiere dinamizar, desde el sector público, la urbanización de suelo para viviendas protegidas, en un momento en que el frenazo del mercado inmobiliario podría conllevar un estrangulamiento en la construcción de VPO. Los tiempos de urbanización del suelo y la escasa transformación actual, hacen necesario poner en marcha medidas complementarias para garantizar suelo en un futuro para VPO".
La oferta de compra de suelo está dirigida a suelos con planeamiento aprobado pero sin urbanizar, parece absurdo que hablemos de digerir el stock pero sigamos urbanizando y poniendo más suelo finalista en el mercado para hacer más viviendas en un momento en el que nos encontramos con más de 650.000 viviendas sin vender.
¿No hubiese sido mejor que se comprasen viviendas terminadas a precio de vivienda protegida, que seguir echando más leña al fuego? Ayudas todas pero para vender y paliar la situación de los promotores pero no para construir más.
En relación a los requisitos son más que exigentes y los precios de compra que se barajan son muy reducidos, pero a buen seguro la dureza de la crisis inmobiliaria hará que existan muchas empresas interesadas en esta convocatoria como el último recurso a la tan ansiada liquidez.
1.- Suelos que permitan la iniciativa urbanística de Sepes, valorándose aquellas ofertas que permiten su ejecución inmediata, en municipios de población superior a 20.000 habitantes y próximos a los cascos urbanos.
2.-Diferencia dos grandes grupos, por una parte con ordenación pormenorizada con un mínimo 300 viviendas y por otra suelos con instrumentos de planeamiento general que permita su transformación con superficie mayor a 15 ha. Se prioriza que sean de propietario único o una oferta conjunta de todos los propietarios.
3.-Se valoran los suelos atendiéndose a su edificabilidad y al precio de venta o referencia de vivienda protegida en sus diferentes tipologías para el municipio en que esté localizado.
• Un 50% de la edificabilidad residencial para vivienda protegida de régimen general, serán mejor valoradas aquéllas que destinen un 25% de este parámetro a vivienda protegida en régimen de alquiler.
• Resto de edificabilidad residencial, referenciado a una propuesta combinada de tipologías del Plan Estatal, gozando de prioridad las que lo distribuyan entre vivienda protegida en régimen de alquiler y en venta régimen general.
• Edificabilidad otros usos. Precio máximo no superior al 30% del precio de venta de vivienda protegida de régimen general para ese municipio.
4.-La repercusión del suelo el 15% como norma general o 20 % si la legislación urbanística lo permite.
5.-Al precio de repercusión del suelo, hay que restarle en concepto de costes de urbanización 55€ m2 suelo bruto, 15% de costes indirectos y 5% de financieros.
6.- Se compran al contado, libres de cargas, los gastos son por la parte vendedora y se ha de depositar un aval de 50.000 €. Plazo de presentación de las ofertas hasta el 29 de diciembre.
A continuación hemos realizado una simulación a modo de ejemplo con un suelo en uno de los municipios de la Comunidad de Madrid, grupo A .
Se parte de un suelo urbanizable con planeamiento de desarrollo aprobado, proyectos de reparcelación y de urbanización aprobados para 300 viviendas. El precio de compra resultante es muy bajo, teniendo en cuenta que el precio de venta de la vivienda protegida en este municipio es de los más altos de España.
Ver documento pdf con el ejemplo
Nota de prensa Ministerio de Vivienda
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
